“… el ordenador del gasto, en su calidad de funcionario responsable de autorizar y comprometer los recursos públicos en el marco de la contratación estatal, debe suscribir los documentos contractuales necesarios para garantizar la correcta ejecución del contrato. Entre dichos documentos se incluyen las modificaciones contractuales, las cuales requieren su firma para que tengan plena validez jurídica.”