El artículo 2.1.4.3.2.1. del Decreto 1600 de 2024 objetivo de la norma es enfatizar la importancia de que la entidad implemente un procedimiento para determinar el precio basado en estudios públicos y abiertos que permitan alcanzar valores de mercado favorables. Este supuesto es concordante con lo establecido en la “Guía de Elaboración de Estudios del Sector” expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública, pues este documento recomienda a las entidades diseñar e implementar escenarios y procedimientos de consulta de información que sean abiertos e incluyentes con el mercado, en los cuales defina de manera clara cuándo, por qué medio, a quienes y qué información solicitará. Para esto, resalta la necesidad de identificar de manera previa y lo más completa posible a los proveedores que existen en el mercado del bien o servicio que va a adquirir, considerando a quienes han participado previamente en procesos de contratación similares.