“las partes pueden acordar desembolsos tempranos orientados a cubrir los costos necesarios para el inicio de la implementación del proyecto, siempre que se establezcan condiciones claras para la legalización y verificación de los gastos. Ello, en atención a que los recursos aportados por las entidades estatales conservan su naturaleza de recursos públicos y se encuentran sometidos a los principios y normas que rigen la gestión fiscal.”