Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS. Prohibiciones. Objetivo. CONTRATACIÓN DIRECTA. Excepciones. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Parágrafo del artículo 38. Prohibición. Convenios y contratos interadministrativos. POSIBILIDAD DE PRORROGAR. MODIFICAR. ADICIONAR. CEDER LOS CONTRATOS ESTATALES O CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Requisitos de perfeccionamiento y de ejecución. ¿Una entidad del Estado puede prorrogar o adicionar un contrato estatal ya celebrado bajo la vigencia de la Ley de Garantías Electoral? (2025)
"... según lo establecido en el artículo 33 y el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, la prohibición consiste en la celebración (entendido como la suscripción) de un contrato a través de la contratación directa o la celebración de una tipología, como es la de convenios interadministrativos, pero no existe impedimento legal alguno que limite la suscripción de las prórrogas, modificaciones, adiciones y cesiones del contrato o convenio ya celebrado. "