“… La procedencia de las causales de rechazo se encuentra supeditada a los supuestos específicos contemplados en el numeral 1.15 del documento base de los documentos tipo de infraestructura de transporte, sin que le sea posible a la entidad contratante configurar nuevas reglas, por ejemplo, a propósito de la oferta económica, más allá de aquellas establecidas en los documentos tipo.”

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