“… os antecedentes penales de una persona podrían condicionar la posibilidad de que suscriba contratos estatales, teniendo en cuenta que existen inhabilidades que contemplan supuestos de hecho alusivos a eventuales condenas en materia penal, como es el caso de los literales d) y j) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.”