Concepto CCE. LEY DE GARANTÍAS ELECTORALES. Prohibición. Aplicación en URGENCIA MANIFIESTA. Configuración. Aplicación de en CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, CONTRATOS Y CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. CONTRATO DE OBRA. Aplicación de restricciones. EJECUCIÓN DE ACCIONES PRECONTRACTUALES EN SECOP. No aplica restricción de Ley de Garantías Electorales. Las restricciones previstas en el artículo 33 y en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 no impiden el inicio ni el desarrollo de trámites propios de la etapa precontractual en selecciones directas, como la publicación de estudios previos o cualquier otro documento de la etapa precontractual que quisieran adelantarse mediante las plataformas del SECOP. ¿De qué manera resultan aplicables las restricciones contenidas en el artículo 33 y en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 —Ley de Garantías Electorales— frente a la celebración de contratos de prestación de servicios, convenios interadministrativos y contratos de obra pública por parte de las entidades territoriales, en particular alcaldías y gobernaciones? ¿Es posible dar inicio a los trámites precontractuales de procesos de contratación directa y/o de convocatoria pública en vigencia de las restricciones de Ley de Garantías? ¿Cómo opera la aplicación de la Ley de Garantías Electorales a la contratación directa con organismos internacionales? (2025)
Las restricciones previstas en el artículo 33 y en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 no impiden el inicio ni el desarrollo de trámites propios de la etapa precontractual en selecciones directas, como la publicación de estudios previos o cualquier otro documento de la etapa precontractual que quisieran adelantarse mediante las plataformas del SECOP.