De conformidad con los artículos 282 de la Ley 100 de 1993 y 26 de la Ley 1393 de 2010, para la celebración del contrato de mínima cuantía con una persona natural es requisito que esta se encuentre afiliada al Sistema de Seguridad Social Integral.
De conformidad con los artículos 282 de la Ley 100 de 1993 y 26 de la Ley 1393 de 2010, para la celebración del contrato de mínima cuantía con una persona natural es requisito que esta se encuentre afiliada al Sistema de Seguridad Social Integral.