Corte Suprema de Justicia. CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES. REQUISITOS ESENCIALES DEL CONTRATO ESTATAL. La Corte Suprema de Justicia reitera cuáles son, dependiendo de la etapa contractual. FRACCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Factores geográficos, orden público, inmensas distancias y accidentalidad geográfica pueden incidir en la necesidad del fraccionamiento. La Fiscalía NO probó que la división del objeto contractual en diferentes procesos de selección obedeció a una postura caprichosa de los funcionarios de turno con la finalidad de defraudar los principios de la contratación estatal para favorecer a determinados contratistas. Los contratos fueron fruto de una planeación dirigida a atender las necesidades reales del departamento. El fraccionamiento del contrato puede ser tanto un mecanismo legítimo de la administración como uno tendiente a evadir el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para los contratos estatales, la jurisprudencia ha decantado las condiciones que deben valorarse en estos casos «i) que sea posible pregonar la unidad de objeto en relación con el contrato cuya legalidad se cuestiona y, de ser así, ii) determinar cuáles fueron las circunstancias que condujeron a la administración a celebrar varios contratos, pues sólo de esta manera se puede inferir si el actuar se cimentó en criterios razonables de interés público, o si por contraste, los motivos fueron simulados y orientados a soslayar las normas de la contratación pública. El fraccionamiento que atenta contra los principios de la contracción estatal «se configura, cuando la administración de manera artificiosa divide la unidad natural del objeto contractual, a fin de seleccionar directamente al contratista cuando debía convocar un proceso de licitación, o para acomodarlo a un proceso menos estricto y riguroso de contratación en defecto del que se imponía seguir atendidos su objeto y cuantía, práctica que riñe con las normas que rigen la contratación estatal, particularmente con los principios de transparencia y de selección objetiva. PRECIO DEL CONTRATO. El precio puede tener un peso decisivo en la ponderación de variables al momento de adjudicar el contrato, como ocurre usualmente en distintos escenarios, por ejemplo, en la subasta inversa, donde el valor más bajo representa una mayor ventaja para la administración (2024)
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