Consejo de Estado. ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA. CONTRATO INTERADMINISTRATIVO. Fondos de servicios educativos. Debe acreditarse la prestación efectiva de los servicios cuyo pago se reclama. ENRIQUECIMIENTO PATRIMONIAL Y CORRELATIVO EMPOBRECIMIENTO. La ausencia de pruebas respecto de la prestación de los servicios, implica que no se encuentre acreditado el enriquecimiento y el correlativo empobrecimiento. No se demostraron los servicios prestados por fuera del plazo de ejecución del contrato (2024)