Consejo de Estado. CALIFICACIÓN DE LA OFERTA. INFORME DE EVALUACIÓN. No es vinculante. El informe de evaluación es un documento elaborado por un comité asesor, al que no puede trasladarse la adjudicación y no obliga al jefe o representante de la entidad, conforme lo prescribe el artículo 26.5 de la Ley 80 de 1993. Además, dicho informe contiene una evaluación preliminar, dado que puede ser corregido, aclarado o modificado. Por ello, reiterada jurisprudencia de esta Sección concluye que no confiere ningún derecho a los proponentes en esa etapa. La evaluación se modificó porque la entidad pública acogió las OBSERVACIONES frente a la inhabilidad del oferente y la puntuación de experiencia específica (2023)