Consejo de Estado. CONTRATACIÓN DIRECTA. NO implica que las entidades no puedan realizar procedimientos adicionales o exigir el cumplimiento de requisitos para efectos de obtener la mejor oferta de los bienes o servicios que pretenden adquirir. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. CONTRATO INTERADMINISTRATIVO. Convenio marco interadministrativo de cooperación para desarrollar la convocatoria para selección de defensores públicos. Consejo de Estado negó nulidad. El hecho de que la entidad haya optado por la realización de una convocatoria pública y un examen de conocimientos y aptitudes como una etapa previa a la contratación de los defensores públicos no constituye una violación. FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR ACTIVA. No se probó interés directo (2023)