Consejo de Estado. PLIEGO DE CONDICIONES. Naturaleza. Concepto. RECHAZO DE LA OFERTA. Condiciones del pliego de condiciones. DECLARACIÓN DE RENTA sin firma del contador. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. No puede modificarse una vez se establezca el pliego de condiciones, el objeto y características del bien o servicio requerido. MODIFICACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES. Limitada a aclarar las reglas allí contenidas. No pueden introducirse reformas sustanciales relativas a los factores de calificación. AUDIENCIA ACLARATORIA Y ADENDO. No alteró elementos esenciales del contrato y factores de calificación (2014)