Si una entidad estatal del orden departamental, distrital o municipal pretende celebrar un contrato de arrendamiento con otra entidad estatal no podrá hacerlo en vigencia de la Ley de garantías.
Si una entidad estatal del orden departamental, distrital o municipal pretende celebrar un contrato de arrendamiento con otra entidad estatal no podrá hacerlo en vigencia de la Ley de garantías.