“La Sala Laboral ha identificado algunos indicios relacionados en la Recomendación n.° 198 de la OIT que, sin olvidar su carácter relativo o circunstancial, no exhaustivo y dinámico, pueden ser útiles para descifrar una relación de trabajo subordinada. De esta forma, ha considerado como tales la prestación del servicio según el control y supervisión de otra persona; la exclusividad; la disponibilidad del trabajador; la concesión de vacaciones; la aplicación de sanciones disciplinarias; cierta continuidad del trabajo; el cumplimiento de una jornada u horario de trabajo; realización del trabajo en los locales o lugares definidos por el del beneficiario del servicio; el suministro de herramientas y materiales; el hecho de que exista un solo beneficiario de los servicios; el desempeño de un cargo en la estructura empresarial; la terminación libre del contrato y la integración del trabajador en la organización de la empresa.

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