Medio de control de nulidad contra artículo 2.2.1.1.2.4.3 del Decreto 1082 de 26 de mayo de 2015 que prescribe como obligación posterior a la liquidación el deber de dejar constancia del cierre del expediente del proceso de contratación. Se niega la pretensión de nulidad por cuanto el artículo demandado no trasgrede el inciso cuarto del artículo 60 de la Ley 80 de 1993.

La potestad reglamentaria. El medio de control de nulidad. Características y causales de nulidad. La cláusula de Buena Administración como principio y derecho incorporado en el ordenamiento jurídico colombiano. Análisis normativo del enunciado legal que se dice violado. Análisis normativo del enunciado demandado.

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