“… el representante legal dentro del marco de sus funciones debe verificar el cumplimiento de las condiciones del contrato utilizando los medios eficaces y exigiendo al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado”. “… la conducta omisiva de la parte demandante se constituyó en causa eficiente y determinante del detrimento, por cuanto como gerente de la entidad quien suscribió el contrato de obra para la construcción del acueducto no controló que los diseños fueron correctos y que los ítems previstos para la obra fueran ejecutados por el contratista, lo que se encontraba bajo su responsabilidad”. “… el hecho de que los gerentes que lo precedieron hayan incurrido en un detrimento patrimonial por los mismos hechos por los que se le investigan, no lo releva de responsabilidad alguna”.

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