El Consejo de Estado revocó sentencia de primera instancia y declaró que la DIAN incumplió contrato de depósito al no pagar los servicios facturados por su contratista en una suma superior a los 3.800 millones de pesos, incluidos los intereses moratorios. Se negó la defensa en relación con una posible extinción de la obligación en virtud de una compensación, pues quedó probado que la pérdida de mercancías, entregadas al demandante, sí obedeció a un evento de fuerza mayor.