“«[…] SI UN PROPONENTE DICHO FORMATO LO FIRMA CON FECHA ANTERIOR A LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ES VALIDO?, TENIENDO EN CUENTA QUE PRESENTO LA OFERTA UN DIA ANTES DEL CIERRE Y PRESENTA EL CERTIFICADO DE DISCAPACITADO POR PARTE DEL MINISTERIO. SE LE ASIGNA EL PUNTO O NO? […]» El hecho de que en el «Formato 8A – Vinculación de personas con discapacidad», o el documento sustituto de este, certifique con anterioridad a la fecha de cierre de la licitación la planta de personal conforme al numeral 1 del artículo del 2.2.1.2.4.2.6 del Decreto 1082 de 2015, no es motivo para que se niegue de plano otorgar el puntaje adicional. En este evento, ante la necesidad de esclarecer la certeza de la planta de personal certificada, la entidad podrá hacer uso de la facultad de solicitar aclaraciones, establecida en el numeral 7 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, aclaración que deberá realizar el proponente dentro del término otorgado por la entidad, so pena de que no se otorgue el respectivo puntaje adicional”.