“… sociedades con tiempos de constitución inferiores a un año no podrían encajar dentro de las definiciones establecidas en el artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015”.
“… sociedades con tiempos de constitución inferiores a un año no podrían encajar dentro de las definiciones establecidas en el artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015”.