«¿Un proceso competitivo bajo Decreto 092 de 2017, puede ser susceptible de ser limitado a MIPYME?» “… conviene señalar que por regla general las ESAL no hacen parte de las categorías de Mipyme, como lo ha señalado de forma reiterada esta Agencia[3], por lo que resulta ajeno a este régimen contractual el fomento de las Mipyme, dadas las finalidades que se persiguen con los contratos regulados en el Decreto 092 de 2017, tal como se explicó en el desarrollo de este concepto. Por las razones anteriores, se considera que las convocatorias limitadas a Mipymes no proceden en los procedimientos regulados en el Decreto 092 de 2017″”.

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