Conclusión del concepto: 1. A los contratos de construcción no les es aplicable la base gravable especial sobre el factor AIU (administración, imprevistos y utilidad) establecida en el artículo 462-1 del Estatuto Tributario. 2. La base gravable en materia del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos de construcción de bien inmueble es la […]